ABOGADO HERENCIAS Y SUCESIONES MADRID
Asesoramiento legal integral para la planificación y tramitación de herencias en Madrid.
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ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN HERENCIAS Y SUCESIONES EN MADRID
Confía en nuestros especialistas en herencias y sucesiones en Madrid
En Mesa y Jimeno Abogados ofrecemos un servicio profesional, claro y cercano para la gestión de herencias y sucesiones. Sabemos que estos procesos pueden resultar complejos, especialmente en momentos difíciles, por eso trabajamos con rigor jurídico y sensibilidad personal para proteger tus derechos y facilitar todos los trámites.
Tanto si necesitas dejar tu testamento preparado como si tienes que tramitar una herencia, te acompañamos en cada paso para que todo se resuelva de forma eficiente, justa y sin sorpresas.
Servicios jurídicos en Derecho de Sucesiones
Ofrecemos asesoramiento integral y representación legal en todas las áreas del Derecho de Sucesiones:
- Planificación de herencias y testamentos
- Redacción y revisión de testamentos
- Gestión de la legítima y reparto de bienes
- Resolución de conflictos entre herederos
- Mediación y arbitraje en disputas sucesorias
- Impugnación de testamentos
- Tramitación de herencias sin testamento
- Herencias entre parejas de hecho
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones y Plusvalía
- Coordinación con notaría, registro y administración pública
Especialista en herencias a tu disposición
El área de herencias está liderada por Javier Castilla Albo, graduado en Derecho y Máster de Acceso a la Abogacía por la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Toledo. Con especialización en Derecho de Sucesiones y formación adicional en Derecho Urbanístico y Laboral, cuenta con amplia experiencia en la tramitación de herencias tanto judicial como extrajudicialmente.
Su enfoque combina un sólido conocimiento legal con un trato cercano y profesional, lo que garantiza un servicio eficaz y humano para cada caso.
Preguntas frecuentes sobre herencias
No, una herencia puede aceptarse o rechazarse. También se puede aceptar «a beneficio de inventario», lo que limita la responsabilidad del heredero a los bienes heredados.
Si no existe testamento, se abre una sucesión intestada, y la herencia se reparte según el orden establecido por la ley: hijos, padres, cónyuge, hermanos, etc.
La ley no establece un plazo específico para aceptar una herencia, pero sí hay plazos fiscales para liquidar el Impuesto de Sucesiones (normalmente 6 meses desde el fallecimiento).
Sí, la mayoría de trámites hereditarios requieren intervención notarial, especialmente si hay inmuebles que deben inscribirse en el Registro de la Propiedad.
El principal es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que varía según la comunidad autónoma. También puede haber que pagar la plusvalía municipal si se hereda un inmueble urbano.
Sí, se puede impugnar un testamento si hay motivos legales como falta de capacidad del testador, coacciones, errores formales o vulneración de la legítima.
La legítima es una parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados herederos, como hijos, cónyuge o padres, según el caso.
Los principales son: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia autorizada del testamento (si lo hay), y un inventario de bienes y deudas del fallecido.
Opinión de Clientes Satisfechos
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