En este caso, se interpuso una demanda para declarar la nulidad de una cláusula contractual contenida en un contrato de compraventa de un vehículo. La parte demandante reclamaba también una cantidad económica correspondiente a reparaciones realizadas durante el plazo de garantía del vehículo adquirido.
El contrato en cuestión especificaba claramente que el vehículo se entregaba sin motor ni caja de cambios, siendo estas particularidades aceptadas por la demandante al momento de la firma.
Desafío Jurídico
La parte demandante basó su reclamación en dos aspectos principales:
- Infracción de la normativa de consumidores y usuarios respecto a la legibilidad del contrato (tamaño de letra inferior al permitido).
- Un supuesto error en la apreciación de la prueba, alegando que la cláusula no cumplía con los estándares de claridad y transparencia.
Estrategia Jurídica
La parte demandada centró su defensa en demostrar los siguientes puntos:
- Conocimiento previo de las condiciones del vehículo por parte de la compradora, con evidencia de que el contrato fue rellenado y firmado en su presencia.
- La cláusula específica que indicaba el estado del vehículo («sin motor ni caja de cambios para achatarramiento») era clara, concisa y accesible, cumpliendo los requisitos legales.
- Existía constancia de la declaración de conformidad firmada por la parte demandante en el momento de la entrega del vehículo.
Resolución Judicial
La Audiencia Provincial desestimó el recurso de apelación presentado por la parte demandante, confirmando la sentencia dictada en primera instancia.
La sentencia determinó que:
- La cláusula contractual cumplía con los requisitos de claridad y transparencia exigidos por la normativa.
- La demandante era plenamente consciente del estado del vehículo en el momento de la compraventa.
- No existía error en la apreciación de la prueba, ya que la información contractual era evidente y acreditada documentalmente.
Conclusión
Este caso es un ejemplo claro de la importancia de la transparencia contractual y del cumplimiento de la normativa en materia de consumidores y usuarios. La sentencia ratifica que, cuando las condiciones del contrato son claras y el consumidor las acepta de manera consciente y documentada, no cabe alegar nulidad por falta de información.
Gracias a una sólida defensa basada en los hechos probados y la normativa aplicable, se logró proteger la validez del contrato y desestimar las pretensiones de la parte demandante.
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