El Juzgado de Primera Instancia competente ha dictado sentencia en un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo entre dos cónyuges. El tribunal ha declarado la disolución del vínculo matrimonial tras ratificar ambas partes su voluntad de divorciarse y presentar la correspondiente propuesta de convenio regulador.
En la resolución judicial se ha aprobado íntegramente el convenio regulador aportado, al considerar el órgano jurisdiccional que sus estipulaciones no resultan gravemente perjudiciales para ninguna de las partes y que cumplen con los requisitos legales establecidos en el Código Civil. Dicho acuerdo regula las medidas paterno-filiales relativas a los hijos menores, incluyendo la atribución de la guarda y custodia, el régimen de estancias y visitas, el régimen de gastos extraordinarios y la pensión de alimentos.
Entre los puntos principales del acuerdo aprobado destacan:
Atribución de la guarda y custodia de los hijos menores a uno de los progenitores.
Régimen de estancias y visitas para el progenitor no custodio, que comprende fines de semana alternos y periodos vacacionales.
Fijación de una pensión alimenticia mensual por cada hijo a cargo del progenitor no custodio.
La sentencia dictada es firme, por lo que no cabe interponer recurso frente a ella. Ambas partes quedan obligadas al cumplimiento de lo pactado, habiéndose ordenado la debida comunicación al Registro Civil para su correspondiente inscripción.
Adjuntamos la sentencia completa a continuación: